Tras la entrada en vigor de las nuevas tarifas de electricidad el pasado 1 de junio de 2021, también se ha aprobado una nueva medida que apuesta por la bajada del IVA de la electricidad, que se ha empezado a aplicar desde el sábado. Nuevo IVA Electricidad: ha bajado de un 21 % a un 10 %.
El Consejo de Ministros, tras su reunión de carácter extraordinario del 24 de junio, aprobó el Real Decreto-ley, de 24 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la fiscalidad energética y en materia de generación de energía, y sobre gestión del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua.
Este nuevo decreto, que cuenta con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, reúne las condiciones de aplicación de la medida dentro del «Artículo 1», como se expone en el mismo:
«Artículo 1. Tipo impositivo aplicable del Impuesto sobre el Valor Añadido a determinadas entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica.
Con efectos desde la entrada en vigor de este real decreto-ley y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, se aplicará el tipo del 10 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica efectuadas a favor de:
a) Titulares de contratos de suministro de electricidad, cuya potencia contratada (término fijo de potencia) sea inferior a 10 kW, con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación, cuando el precio medio aritmético del mercado diario correspondiente al último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación haya superado los 45 €/MWh.
b) Titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.»
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Características de la Nueva Medida: IVA Electricidad
¿La bajada del IVA de la electricidad afecta a todos los consumidores?
No, la bajada del IVA electricidad cuenta con excepciones, y es que únicamente deberá ser aplicado a aquellos consumidores que tengan una potencia contratada inferior a 10 kW, siempre que el precio medio mensual del mercado mayorista de la electricidad esté por encima de los 45 euros por megavatio hora (MWh).
También será aplicada para aquellos consumidores que cuenten con bono social y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social hasta fin de año, independientemente de su potencia contratada y del precio del mercado.
Las instalaciones de autoconsumo no se verán afectadas por la bajada del IVA electricidad.
¿Se han aplicado otras medidas además de la bajada del IVA de la electricidad?
Dentro de las nuevas medidas aprobadas en el Real Decreto-ley, de 24 de junio, también se ha establecido la suspensión del 7 % del impuesto sobre el valor de producción de la energía eléctrica (IVPEE), que tendrá validez durante el tercer trimestre.
¿Está adaptado nuestro software a la bajada del IVA de la electricidad?
Sí, contar con un equipo cualificado nos permite adaptar nuestras soluciones a los cambios regulatorios y por lo tanto, en nuestro software SIGE.Comercializadora y SIGE.Distribuidora (nuestro software para distribuidoras eléctricas) ya se contempla el nuevo IVA Electricidad del 10 % en la facturación.
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